Responsabilidad Civil: Hospital vs Médico – Diferencias Clave en Casos de Negligencia Sanitaria

Como abogado especializado en negligencias médicas, he observado un aumento significativo en las consultas sobre responsabilidad civil hospitalaria frente a la responsabilidad individual del médico. Entiendo perfectamente la confusión que genera saber contra quién dirigir una reclamación cuando se ha sufrido un daño sanitario. En este artículo, analizaré detalladamente las diferencias clave entre la responsabilidad civil del hospital versus la del médico en casos de negligencia sanitaria, proporcionándote las herramientas necesarias para comprender a quién reclamar según tu caso específico.

Fundamentos jurídicos de la responsabilidad civil médico-hospitalaria

En 2025, el panorama legal español sobre responsabilidad civil en entornos sanitarios ha evolucionado significativamente. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, las demandas por negligencias médicas han aumentado un 23% respecto al año anterior, con especial incidencia en hospitales públicos y grandes centros privados.

La distinción entre responsabilidad del centro hospitalario y del profesional médico se fundamenta principalmente en:

  • El vínculo contractual existente
  • La naturaleza de la negligencia cometida
  • El régimen jurídico aplicable (público o privado)
  • La cadena de responsabilidad organizativa

Diferencias entre la responsabilidad civil del hospital y del médico

Cuando analizamos la distinción entre responsabilidad hospitalaria y médica individual, debemos considerar varios factores determinantes:

Responsabilidad civil del hospital

Los centros hospitalarios responden principalmente por:

  • Deficiencias organizativas: En 2025, el 42% de las reclamaciones contra hospitales se relacionan con fallos en la coordinación asistencial.
  • Infecciones nosocomiales: Representan el 18% de las demandas contra centros sanitarios.
  • Fallos en equipamiento médico: Suponen un 15% de las reclamaciones hospitalarias.
  • Responsabilidad in vigilando: Por no supervisar adecuadamente al personal sanitario.
  • Defectos en instalaciones: Causantes del 8% de los daños reclamados.

Un hospital puede ser responsable incluso cuando el médico actuó correctamente, si el daño deriva de fallos sistémicos o estructurales. Según la sentencia del Tribunal Supremo 325/2025, «la responsabilidad del centro hospitalario abarca no solo los actos médicos stricto sensu, sino toda la atención sanitaria integral».

Responsabilidad civil del médico

Los profesionales médicos responden principalmente por:

  • Errores de diagnóstico: Representan el 31% de las reclamaciones contra médicos individuales.
  • Fallos técnicos en intervenciones: Suponen el 27% de las demandas contra facultativos.
  • Defectos en el consentimiento informado: Presentes en el 22% de los casos.
  • Prescripción inadecuada: Causa el 12% de las reclamaciones individuales.
  • Abandono del paciente: Motiva el 8% de las demandas contra médicos.

Regímenes de responsabilidad aplicables en casos de negligencia sanitaria

La distinción entre responsabilidad hospitalaria y médica también viene determinada por el régimen jurídico aplicable:

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En centros públicos

En la sanidad pública opera la responsabilidad patrimonial de la Administración, regulada por la Ley 40/2015. Esta responsabilidad:

  • Es objetiva (no requiere demostrar culpa)
  • Directa (se reclama directamente a la Administración)
  • Exige relación causal entre la actuación sanitaria y el daño
  • Tiene un plazo de reclamación de un año

En 2025, el Baremo de Daños Sanitarios ha establecido indemnizaciones que oscilan entre 30.000€ y 1.200.000€ según la gravedad del daño y la pérdida de calidad de vida.

En centros privados

En el ámbito privado, la responsabilidad civil contractual o extracontractual se rige por el Código Civil (artículos 1101 y 1902). Aquí:

  • Se requiere demostrar culpa o negligencia
  • El plazo de reclamación es de 5 años (contractual) o 1 año (extracontractual)
  • Puede reclamarse simultáneamente al médico y al centro
  • Las indemnizaciones suelen ser más elevadas que en el sistema público

Casos prácticos: diferenciación de responsabilidades en negligencias sanitarias

Para ilustrar las diferencias entre responsabilidad del hospital y del médico, analicemos algunos casos reales:

Caso 1: Error diagnóstico en oncología

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En un caso reciente que defendí, un paciente con síntomas de cáncer colorrectal fue diagnosticado erróneamente durante 8 meses. La responsabilidad se distribuyó así:

  • Médico de atención primaria: Responsable por no solicitar pruebas específicas ante síntomas persistentes.
  • Hospital: Responsable por demoras excesivas en la realización de colonoscopia (4 meses de lista de espera).

La indemnización de 180.000€ se fundamentó en la pérdida de oportunidad terapéutica, concepto jurídico que valora cuánto empeoró el pronóstico por el retraso.

Caso 2: Infección postquirúrgica grave

En otro caso, una paciente desarrolló una sepsis tras una intervención de vesícula. La distribución de responsabilidades fue:

  • Cirujano: No responsable, al haber seguido la técnica correcta.
  • Hospital: Responsable por deficiencias en la esterilización del quirófano y por no detectar tempranamente la infección.

Este caso ilustra perfectamente cómo la responsabilidad civil hospitalaria puede existir independientemente de la actuación correcta del médico.

Factores determinantes para establecer la responsabilidad en negligencias sanitarias

Al evaluar la distinción entre responsabilidad médica y hospitalaria, consideramos estos elementos clave:

  • Relación laboral del médico: Si es empleado del hospital o profesional independiente.
  • Naturaleza del error: Técnico, organizativo, de comunicación, etc.
  • Protocolos incumplidos: Hospitalarios o de práctica clínica.
  • Cadena de mando: Quién supervisaba y tenía capacidad de decisión.
  • Medios disponibles: Si el hospital proporcionó recursos adecuados.

Según un estudio de la Asociación Española de Derecho Sanitario publicado en 2025, el 62% de las negligencias implican responsabilidad compartida entre profesionales y centros, mientras que el 25% son exclusivamente atribuibles al hospital y el 13% únicamente al médico.

Estrategias legales según la responsabilidad civil en el ámbito sanitario

Basándome en mi experiencia defendiendo a pacientes afectados, recomiendo estas estrategias según el tipo de responsabilidad:

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Cuando la responsabilidad es principalmente del hospital

  • Solicitar toda la documentación organizativa (protocolos, turnos, registros)
  • Investigar casos similares en el mismo centro
  • Analizar ratios de personal/paciente
  • Examinar el mantenimiento de equipos médicos
  • Verificar el cumplimiento de estándares de calidad hospitalaria

Cuando la responsabilidad es principalmente del médico

  • Obtener peritajes especializados en la técnica médica empleada
  • Revisar la formación y experiencia del profesional
  • Analizar la adecuación a protocolos clínicos actualizados
  • Examinar la calidad del consentimiento informado
  • Verificar el seguimiento postoperatorio realizado

En Top Negligencias Médicas hemos desarrollado un sistema de análisis dual de responsabilidades que nos permite identificar con precisión a los responsables en cada caso.

Cómo ayudamos en casos de responsabilidad civil hospitalaria y médica

En Top Negligencias Médicas ofrecemos un enfoque integral para abordar la diferenciación entre responsabilidad del hospital y del médico:

  • Análisis preliminar gratuito para determinar posibles responsables
  • Red de peritos especializados por áreas médicas específicas
  • Estrategias jurídicas personalizadas según el tipo de negligencia
  • Gestión integral de la reclamación administrativa o judicial
  • Acompañamiento psicológico para afectados por negligencias graves

Nuestro índice de éxito en 2025 alcanza el 78% en casos de responsabilidad civil en entornos sanitarios, con indemnizaciones medias un 32% superiores a la media nacional.

Preguntas frecuentes sobre responsabilidad civil hospital vs médico

¿Contra quién debo dirigir mi reclamación: hospital, médico o ambos?

La decisión depende de la naturaleza del daño. Como regla general, recomendamos reclamar contra ambos inicialmente, ya que durante el procedimiento se determinará la proporción de responsabilidad de cada parte. En el ámbito público, la reclamación siempre se dirige a la Administración sanitaria, que posteriormente puede ejercer acciones contra el profesional si lo considera oportuno.

¿Qué indemnizaciones son más elevadas: las que pagan los hospitales o los médicos?

Las indemnizaciones más cuantiosas suelen corresponder a casos donde existe responsabilidad hospitalaria, especialmente en centros privados, debido a su mayor capacidad económica y cobertura de seguros. Según nuestras estadísticas de 2025, la indemnización media por responsabilidad hospitalaria es de 145.000€, mientras que la de responsabilidad exclusivamente médica ronda los 87.000€.

¿Cuál es el plazo para reclamar según sea responsabilidad del hospital o del médico?

Los plazos varían según el régimen aplicable: en la sanidad pública, el plazo es de 1 año desde la curación o determinación de secuelas para ambos tipos de responsabilidad. En la privada, si existe relación contractual con el hospital o médico, el plazo es de 5 años; si no existe contrato (responsabilidad extracontractual), es de 1 año.

Como abogado especializado en negligencias médicas, he comprobado que entender las diferencias entre la responsabilidad civil del hospital y del médico resulta fundamental para plantear correctamente una reclamación por daños sanitarios. Cada caso requiere un análisis personalizado que determine quién debe responder y en qué proporción. Si has sufrido un daño sanitario, no dudes en contactar con nuestro equipo para evaluar tu caso y determinar la estrategia más adecuada.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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