Hospital y Cuidados Deficientes: Cómo Reclamar por Úlceras por Presión | Guía Legal 2024

Las úlceras por presión son lesiones devastadoras que afectan a miles de pacientes cada año en centros sanitarios españoles. Como abogado especializado en negligencias médicas, he visto cómo estas heridas, totalmente prevenibles en la mayoría de los casos, destrozan la calidad de vida de pacientes vulnerables debido a cuidados hospitalarios deficientes. Entiendo perfectamente la frustración y el dolor que sientes si tú o un familiar habéis sufrido úlceras por presión durante una hospitalización. En este artículo, te proporcionaré toda la información legal necesaria para reclamar por estas lesiones y te guiaré paso a paso en el proceso para obtener la compensación que mereces.

¿Qué son las úlceras por presión y por qué constituyen una negligencia hospitalaria?

Las úlceras por presión, también conocidas como escaras o llagas por decúbito, son lesiones en la piel y tejidos subyacentes causadas por una presión prolongada sobre una zona del cuerpo. Según datos de 2025 del Grupo Nacional para el Estudio y Asesoramiento en Úlceras por Presión (GNEAUPP), la prevalencia de estas lesiones en hospitales españoles alcanza el 7,8% de los pacientes ingresados, cifra que se eleva hasta el 14% en unidades de cuidados intensivos.

Lo más alarmante es que el 95% de estas lesiones son prevenibles con protocolos adecuados de atención sanitaria. Cuando un centro hospitalario no implementa las medidas preventivas necesarias, estamos ante un claro caso de negligencia por cuidados deficientes que puede y debe ser reclamado.

Indicadores de atención hospitalaria negligente en casos de úlceras por presión

Para determinar si existe base para una reclamación por cuidados deficitarios en centros sanitarios, debemos identificar ciertos indicadores clave:

  • Ausencia de valoración del riesgo al ingreso del paciente
  • Falta de cambios posturales programados y documentados
  • No utilización de superficies especiales para el manejo de la presión
  • Ausencia de protocolos de higiene y cuidado de la piel
  • Deficiente documentación de la evolución de las lesiones
  • Personal insuficiente para la atención de pacientes dependientes

En 2025, el Ministerio de Sanidad ha actualizado sus protocolos de prevención, estableciendo que todo paciente con movilidad reducida debe ser evaluado en las primeras 8 horas de ingreso. El incumplimiento de este estándar constituye una deficiencia asistencial reclamable.

Marco legal aplicable a las reclamaciones por úlceras por presión

Las reclamaciones por lesiones derivadas de atención sanitaria deficiente se fundamentan en un sólido marco normativo:

Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente

Esta ley establece el derecho a recibir una atención sanitaria adecuada a las necesidades del paciente y con los medios disponibles. Las úlceras por presión, al ser prevenibles, evidencian un incumplimiento de este principio básico.

Código Civil: artículos 1101 y 1902

El artículo 1101 establece la responsabilidad contractual por negligencia, mientras que el 1902 regula la responsabilidad extracontractual. Ambos son aplicables según la naturaleza del centro sanitario (público o privado).

Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público

Para reclamaciones contra hospitales públicos, esta ley regula la responsabilidad patrimonial de la Administración, estableciendo la obligación de indemnizar por los daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos.

Procedimiento para reclamar por deficiencias asistenciales que causan úlceras por presión

El proceso de reclamación varía según el tipo de centro sanitario donde se produjo la negligencia:

En hospitales públicos

  1. Reclamación administrativa previa: Obligatoria antes de acudir a la vía judicial. Debe presentarse ante el servicio de atención al paciente del hospital o ante la consejería de sanidad correspondiente.
  2. Plazo de resolución: La administración tiene 6 meses para resolver. El silencio administrativo tiene efectos negativos.
  3. Reclamación judicial: Si la respuesta es insatisfactoria o no hay respuesta, se puede interponer recurso contencioso-administrativo.

En centros privados

  1. Reclamación extrajudicial: Recomendable como primer paso, mediante burofax dirigido al centro y a su compañía aseguradora.
  2. Demanda civil: Si no hay acuerdo, se presenta demanda ante los juzgados de primera instancia.

En ambos casos, el plazo de prescripción es de un año desde que se consolidan las secuelas o desde el alta médica definitiva.

Documentación necesaria para demostrar la negligencia en los cuidados hospitalarios

Para construir un caso sólido por atención sanitaria deficiente que deriva en úlceras, es fundamental recopilar:

  • Historia clínica completa del paciente
  • Fotografías de las lesiones y su evolución
  • Informes de especialistas que hayan tratado las úlceras posteriormente
  • Protocolos del centro sobre prevención de úlceras por presión
  • Testimonios del personal sanitario o de otros pacientes
  • Informes periciales que acrediten la relación causal entre la deficiencia asistencial y las lesiones

El informe pericial médico es la pieza clave en estas reclamaciones. Debe ser elaborado por un especialista en medicina legal o en enfermería especializada en heridas crónicas que pueda acreditar la mala praxis en los cuidados hospitalarios.

Indemnizaciones por úlceras por presión derivadas de atención hospitalaria negligente

Las compensaciones económicas por lesiones causadas por cuidados deficitarios varían según diversos factores:

  • Gravedad de las úlceras (grados del I al IV)
  • Localización y extensión de las lesiones
  • Tiempo de curación y secuelas permanentes
  • Impacto en la calidad de vida del paciente
  • Gastos médicos adicionales generados
  • Daño moral causado al paciente y familiares

Según estadísticas de 2025, las indemnizaciones por úlceras por presión graves (grados III y IV) oscilan entre los 20.000 y 80.000 euros, pudiendo superar los 100.000 euros en casos con secuelas permanentes graves o que hayan requerido intervenciones quirúrgicas reparadoras.

Casos prácticos: sentencias favorables por negligencias en prevención de úlceras

La jurisprudencia reciente muestra una tendencia favorable a reconocer la responsabilidad de los centros sanitarios por deficiencias en la prevención y tratamiento de úlceras por presión:

  • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (2025): Indemnización de 45.000€ a un paciente que desarrolló úlceras de grado IV durante un ingreso de 3 semanas, al demostrarse la ausencia de cambios posturales programados.
  • Sentencia del Tribunal Supremo (2024): Confirmación de indemnización de 75.000€ por úlceras sacras que requirieron cirugía plástica, reconociendo que «la aparición de úlceras por presión en pacientes de riesgo constituye un indicador de calidad asistencial deficiente».

Cómo podemos ayudarte desde Top Negligencias Médicas

En Top Negligencias Médicas contamos con un equipo especializado en reclamaciones por deficiencias en cuidados hospitalarios que derivan en úlceras por presión. Nuestro enfoque integral incluye:

  • Valoración inicial gratuita del caso
  • Gestión completa de la reclamación administrativa o extrajudicial
  • Obtención de la historia clínica y toda la documentación relevante
  • Elaboración de informes periciales por especialistas en medicina legal y enfermería
  • Representación judicial con abogados especializados en derecho sanitario
  • Negociación con las compañías aseguradoras para acuerdos extrajudiciales

Trabajamos a éxito parcial, lo que significa que solo cobramos si conseguimos una indemnización para ti, minimizando así el riesgo económico de la reclamación.

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Preguntas frecuentes sobre reclamaciones por úlceras por presión

¿Cuál es el plazo para reclamar por úlceras por presión causadas por cuidados hospitalarios deficientes?

El plazo general es de un año desde la curación o estabilización de las lesiones. Es importante no demorar la consulta legal, ya que la recopilación de pruebas es más efectiva cuando se inicia pronto.

¿Qué grado de úlcera por presión se considera indemnizable por negligencia asistencial?

Cualquier úlcera puede ser indemnizable si se demuestra que hubo deficiencias en los cuidados preventivos. No obstante, las reclamaciones suelen prosperar más fácilmente en úlceras de grado III y IV, donde el daño tisular es profundo y las secuelas más evidentes.

¿Es necesario un informe pericial para reclamar por atención sanitaria negligente en casos de úlceras?

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Sí, el informe pericial es imprescindible. Este documento técnico establece la relación causa-efecto entre la deficiencia asistencial y la aparición de las úlceras, detallando los protocolos que deberían haberse seguido y no se aplicaron.

Conclusión

Las úlceras por presión derivadas de cuidados hospitalarios deficientes representan una de las negligencias médicas más frecuentes y, paradójicamente, más prevenibles. Como pacientes o familiares, tenemos derecho a exigir una atención sanitaria de calidad que incluya la prevención de estas lesiones devastadoras.

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Si tú o un ser querido habéis sufrido úlceras por presión durante una hospitalización, no dudes en contactar con nuestro equipo especializado. En Top Negligencias Médicas evaluaremos tu caso sin compromiso y te orientaremos sobre las posibilidades reales de reclamación, acompañándote en todo el proceso para obtener la compensación que mereces por el daño sufrido.

Imagen de Pablo Ródenas

Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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